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Uso de compost de estiércol y uso del digestato como abono
Me gustaría hacer las siguientes consultas:
- Uso de compost de estiércol:
El REAL DECRETO 1051/2022 de nutrición sostenible establece unas distancias para la aplicación de estiércoles: tanto sólidos como purines, no se podrán aplicar a menos de 5 metros de las orillas de los ríos, lagos, masas de agua estancadas, el inicio de las playas y las costas marinas, captaciones subterráneas de agua para consumo humano, pozos y fuentes. Esta distancia también se aplica para residuos.
Por otro lado el Decreto 4/2008, establece respecto a estiércoles y gallinazas que a menos de 500 m en el entorno de viviendas aisladas y núcleos de población y lugares de desarrollo de las festividades, no aplicarlos en fin de semana o festividades, ni sus vísperas. Y establece unas distancias a diferentes elementos (carretas, núcleos de población, etc……) en que está prohibido tirar purines, y otras distancias que hay que respetar para el apilamiento o almacenamiento de estiércoles y gallinaza fuera de la granja.
En la Orden de Zonas Vulnerables, también hay algunas cuestiones concretas que hay que respetar para los estiércoles y se indica que los lodos de depuradora también tienen que cumplirlos.
La pregunta es: en una explotación ganadera, si se composta su estiércol, restos de cama……, y este compost se usa como abono orgánico en sus propias tierras, ¿debe respetarse todas las limitaciones que las diferentes normas tienen para el estiércol? ¿cómo se considera el compost?
Y por otro lado, que criterio hay que tener para poder decir que es compost y no estiércol “madurado”, ¿habría que tener un análisis del material que cumpliese la definición del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes, de “Enmienda húmica: compost de estiércol” (MO total 35%m humedad máxima 40%, relación C/N < 20)?
- Uso del Digestato como abono:
Actualmente hay bastantes explotaciones ganaderas que están implantando o planteándose implantar biodigestores para los estiércoles y purines producidos por sus animales para luego emplear el digestato como abono en sus tierras.
He estado mirando la web de la Junta (https://medioambiente.jcyl.es/web/es/1285029036172.html) en la parte de digestión aerobia de residuos y la verdad es que no me queda claro. En el caso que os comento es el de un ganadero que va a utilizar sus estiércoles y el disgestato iría a sus tierras como abono (no va a vender nada):
- ¿Debe solicitar la Autorización de instalación fija de tratamiento de residuos?
- ¿Debe solicitar una autorización en materia de SANDACH?
- ¿El digestato obtenido se considera un residuo-compost o un fertilizante?
- El digestato, ¿que distancias debe respetar a viviendas aisladas y núcleos de población, orillas de los ríos, lagos, masas de agua estancadas, el inicio de las playas y las costas marinas, captaciones subterráneas de agua para consumo humano, pozos y fuentes, a diferentes elementos (carretas, núcleos de población, etc……)?
La cuestión es: ¿qué tiene que hacer el ganadero , cómo se le considera el digestato y cómo debe emplearlo para abonar sus tierras?.
El presente documento proporciona información relacionada con la legislación que afecta a la consulta. Siendo los órganos competentes los que deben aclarar o interpretar en último término la normativa aplicable.
La consulta aborda la aplicación legal y técnica del compost y el digestato derivados de estiércoles ganaderos, en el marco de la legislación vigente en Castilla y León. A continuación, se detallan las implicaciones normativas, criterios de clasificación y requisitos para su uso como fertilizante.