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Lodos de depuradora
Están echando en el término municipal de Motilla del Palancar, en rastrojos de cebada, una cantidad considerable de lodos de depuradora. ¿Hay alguna limitación para aplicar este residuo a las tierras de cultivo, (posiblemente estas parcelas se siembren en la próxima campaña de lentejas)? ¿Qué controles se realizan para determinar si ese producto lleva metales pesados u otros contaminantes como virus que puedan afectar a la población humana?.
Hay empresas de gestión de estiércoles, que mezclan estiércol de ganado en extensivo con estos lodos de depuradoras ¿Hay alguna limitación en las cantidades a mezclar? ¿Están obligadas estas empresas de informar a los agricultores de la mezcla que venden?
Las cuestiones relacionadas con las aplicaciones de lodos en agricultura pueden ser remitidas al buzón del Registro Nacional de Lodos cuya dirección de contacto es registro-lodos@miteco.es pudiendo ampliar información sobre la materia en la página del MITECO, https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/prevencion-y-gestion-residuos/flujos/lodos-depuradora.html .
Así mismo, sugerimos consultar este particular con la Consejería competente y la normativa autonómica y municipal vigente: https://www.castillalamancha.es/gobierno/desarrollosostenible/estructura/dgecocir/actuaciones/residuos-%E2%80%93-producci%C3%B3n-y-gesti%C3%B3n